abrogar
Español
abrogar | |
pronunciación (AFI) | [aβ.roˈɣaɾ] ([1]) |
silabación | a-bro-gar[2] |
acentuación | aguda |
longitud silábica | trisílaba |
rima | aɾ |
Etimología
Si puedes, incorpórala: ver cómo.
Verbo transitivo
- 1
- Suprimir, anular, abolir. Se aplica especialmente refiriéndose a leyes, decretos, edictos, sentencias, ordenanzas, etc.[3]
- 2
- Por extensión, se aplica a los usos y costumbres.
- 3
- Aniquilar, destruir por completo.
Conjugación
Referencias y notas
- Ante los prefijos ab-, sub- y post-, la erre suena fuerte ([r], no [ɾ]). «Cuando la r aparece tras los prefijos ab-, sub- y post-, no forma sílaba con la consonante precedente». Fuente: Real Academia Española (2005). «r», en Real Academia Española: Diccionario panhispánico de dudas, 1.ª edición. Consultado el 12 de febrero de 2017.
- Por motivos estéticos, debe evitarse dejar una letra huérfana a final de línea. Más información.
En general, la erre suena fuerte si está pospuesta a los prefijos ab- o sub-. Esto ocurre por ejemplo en abrogar o en subrogar. Pero es necesario que el prefijo esté presente y no forme parte del sufijo, por lo que palabras como abrir, subranquial o subrigadier no caen bajo el criterio mencionado. - VV. AA. (1908-30). Enciclopedia universal ilustrada europeo-americana, Tomo 1. Madrid: Espasa-Calpe.
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