Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) es un organismo sanitario del estado argentino encargado sobre todo de la fiscalización y certificación de los productos y subproductos de origen animal y vegetal, sus insumos y residuos agroquímicos, así como la prevención, erradicación y control de enfermedades de animales, incluidas las transmisibles al ser humano y de las plagas vegetales que afectan a la producción agropecuaria del país.
| Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Agroalimentaria | ||
|---|---|---|
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| Localización | ||
| País |
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| Información general | ||
| Sigla | Senasa Argentina | |
| Jurisdicción | Nacional | |
| Tipo | Organismo oficial | |
| Sede | Av. Paseo Colón 367, Capital Federal | |
| Organización | ||
| Presidente | Pablo Cortese | |
| Vicepresidente | Sergio Robert | |
| Depende de | Ministerio de Economía (Argentina) | |
| Historia | ||
| Fundación | 24 de junio de 1996 | |
| https://www.argentina.gob.ar/senasa | ||
Cuenta con 14 centros regionales y 362 oficinas locales distribuidas por todo el país. A fin de implementar y promover la acción sanitaria y fitosanitaria, elabora normas, controla su cumplimiento y asegura la aplicación del Código Alimentario Argentino, dentro de las normas internacionales exigidas. Asimismo, planifica, organiza y ejecuta programas y planes específicos que reglamentan la producción y la orienta hacia la obtención de alimentos inocuos para el consumo humano y animal. El Senasa depende del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la República Argentina.
Es el organismo del Estado encargado de:
- Ejecutar las políticas nacionales en materia de sanidad y calidad animal y vegetal y verificar el cumplimiento de la normativa vigente en la materia;
- Fiscalizar de la calidad agroalimentaria, al asegurar la aplicación del Código Alimentario Argentino para los productos del área de su competencia;
- Controlar el tráfico federal, importaciones y exportaciones de los productos, subproductos y derivados de origen animal y vegetal, productos agroalimentarios, fármaco-veterinarios y agroquímicos, fertilizantes y enmiendas.
Así pues, planifica, organiza y ejecuta programas y planes específicos que reglamentan la producción y la orientan hacia la obtención de alimentos inocuos para el consumo humano y animal.
Historia
Surge por lo estipulado en el artículo 38 del Decreto nacional N.º 660 del 24 de junio de 1996,[1] basado en la ley 24.629, que fusionó el anterior Servicio Nacional de Sanidad Animal (Senasa) y el Instituto Argentino de Sanidad y Calidad Vegetal (IASCAV)[2] constituyéndose así el actual Organismo.
Acciones
Para lograr la garantía de calidad, que comprende la inocuidad y eficacia de la sanidad animal y vegetal, el Senasa realiza las siguientes acciones:
- Prevenir, diagnosticar, controlar y erradicar las enfermedades de los animales y las de ese origen, transmisibles al ser humano, así como las plagas y enfermedades que afecten a los vegetales, instrumentando y promoviendo la acción sanitaria y fitosanitaria en todo el territorio nacional.
- Entender en la fiscalización y certificación de:
- La sanidad y calidad de los animales y productos, subproductos y derivados de origen animal.
- La sanidad y calidad de vegetales y productos, subproductos y derivados de origen vegetal.
- El desarrollo de acciones preventivas, de control y erradicación de plagas agrícolas, enfermedades de los animales y las de ese origen, transmisibles al ser humano.
- La calidad de los productos destinados al diagnóstico, prevención y tratamiento de enfermedades y plagas que afecten la sanidad y la calidad de los animales, vegetales y productos, subproductos o derivados de origen animal y vegetal.
- La calidad de los productos destinados al diagnóstico, prevención y tratamiento de enfermedades de los animales.
- Las condiciones y la calidad de los insumos químicos y biológicos que intervienen en la producción de animales y vegetales, sus productos, subproductos y derivados, tanto para la producción y su elaboración, como para su conservación, envasado, almacenamiento y transporte.
- Las condiciones de los efluentes y residuos resultantes de los productos destinados al diagnóstico, prevención y tratamiento de enfermedades y plagas.
- Emitir las certificaciones que correspondan, tanto en el ámbito nacional como en lo referente a exportaciones e importaciones.
- Establecer zonas y fronteras epidemiológicas cuando lo requiera la salvaguarda del patrimonio sanitario animal o vegetal, aplicando las medidas necesarias.
- Adoptar y ejecutar las medidas técnicas apropiadas, inclusive el sacrificio de animales y destrucción de vegetales, para salvaguardar el patrimonio sanitario animal y vegetal.
- Fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones a las que están sujetas las personas físicas o jurídicas en actos o situaciones relacionados con el ámbito de su competencia.
- Registrar, habilitar, clausurar y fiscalizar plantas de procesamiento, acondicionamiento, almacenamiento, transporte y comercialización de los productos del área de su competencia.
- Registrar, autorizar o prohibir los agroquímicos.
- Generar y proveer información estadística en las materias de competencia del organismo.
- Fiscalizar y controlar:
- El cumplimiento de las normas y reglamentos higiénico-sanitarios y de seguridad alimentaria en la producción y faena animal; en los productos, subproductos y derivados de origen animal; en los vegetales, sus partes, subproductos y derivados.
- El cumplimiento de las normas de uso y comercialización de productos, principios activos, fármacos, materias primas y productos biológicos y biotecnológicos, intervinientes o relacionados con la medicina veterinaria y la producción animal, determinando los niveles máximos admisibles de residuos y contaminantes.
- El cumplimiento de las normas y reglamentos técnicos referidos a la producción, comercialización y uso de los productos agroquímicos, productos y drogas fitoterápicos, biológicos y biotecnológicos, intervinientes o relacionados con la sanidad y la producción vegetal, determinando los niveles máximos admisibles de residuos y contaminantes en los vegetales y sus productos.
- Elaborar y proponer las normas técnicas de sanidad y calidad de los animales y vegetales, productos, subproductos y derivados, así como aquellas referidas a los principios activos, productos agroquímicos o biológicos.
Normas y reglamentos nacionales
En 1992, el Senasa publicó la legislación nacional sobre producción orgánica,[3] que establecía los requisitos mínimos para la agricultura orgánica en la Argentina.[4][5][6]
En los años siguientes, se introdujeron ajustes a esta legislación inicial, dado que también las normas internacionales habían cambiado. En general, las normas argentinas son equivalentes al Reglamento de la Comisión Europea,[7] aunque más restrictiva en algunas esferas, por ejemplo en lo que se refiere a los requisitos en materia de apicultura orgánica.[8]
Por lo que se refiere a los materiales orgánicos, que se exportan a granel,[9] los contenedores van acompañados de documentos de identificación que los oficiales del Senasa pueden inspeccionar en los puertos.[10] Los productos deben llevar la inscripción «Producto de agricultura orgánica», y mostrar la etiqueta del órgano de inspección y el número de registro, así como el número del lote que identifica su origen, de conformidad con lo estipulado en el artículo 9.º del Res. 423/92.[11]
Organigrama
Dirección
| Cargo | |
|---|---|
| Presidente | Pablo Luis Cortese |
| Vicepresidente | Sergio Fabián Robert |
Áreas
| Área |
|---|
| Coordinación de Relaciones Internacionales |
| Coordinación de Vigilancia y Alerta de Residuos y Contaminantes |
| Coordinación de Planificación Estratégica |
| Coordinación de Relaciones Institucionales, Información y Comunicación |
| Departamento de Ceremonial y Protocolo |
| Unidad de Auditoría Interna |
| Unidad de Financiamiento Internacional |
| Comisión de Agricultura Familiar del Senasa (SENAF) |
| Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria |
| Dirección Nacional de Sanidad Animal |
| Dirección Nacional de Protección Vegetal |
| Dirección Nacional de Agroquimicos, Productos Veterinarios y Alimentos |
| Dirección Nacional Técnica y Administrativa |
| Dirección de Asuntos Jurídicos |
| Dirección General de Laboratorios y Control Técnico |
| Dirección del Centro Regional Buenos Aires Norte |
| Dirección del Centro Regional Buenos Aires Sur |
| Dirección del Centro Regional Chaco-Formosa |
| Dirección del Centro Regional Córdoba |
| Dirección del Centro Regional Corrientes-Misiones |
| Dirección del Centro Regional Cuyo |
| Dirección del Centro Regional Entre Ríos |
| Dirección del Centro Regional La Pampa-San Luis |
| Dirección del Centro Regional Metropolitano |
| Dirección del Centro Regional Noroeste Argentino Norte |
| Dirección del Centro Regional Noroeste Argentino Sur |
| Dirección del Centro Regional Patagonia Norte |
| Dirección del Centro Regional Patagonia Sur |
| Dirección del Centro Regional Santa Fe |
| Dirección de Higiene e Inocuidad en Productos de Origen Vegetal y Piensos |
| Dirección de Calidad Agroalimentaria |
| Dirección de Inocuidad de Productos de Origen Animal |
| Dirección de Inocuidad de Productos de la Pesca y Acuicultura |
| Dirección de Tráfico Internacional |
| Dirección de Programación Sanitaria |
| Dirección de Epidemiología y Análisis de Riesgo |
| Dirección de Normas Cuarentenarias |
| Dirección de Control de Gestión y Programas Especiales |
| Dirección de Sanidad Vegetal |
| Dirección de Cuarentena Vegetal |
| Dirección de Vigilancia y Monitoreo |
| Dirección de Certificación Fitosanitaria |
| Dirección de Servicio Administrativo-Financiero |
| Dirección de Recursos Humanos y Organización |
| Dirección de Tecnología de la Información |
| Coordinación Relaciones Institucionales Información y Comunicación |
Véase también
Referencias
- Decreto 660/96 del 24/6/96
- «Historia del SENASA». Archivado desde el original el 30 de enero de 2016. Consultado el 24 de enero de 2016.
- Normas Argentinas de Producción Orgánica
- «Decreto 432/92: Producto Orgánico - Alimento». Archivado desde el original el 7 de octubre de 2012. Consultado el 17 de diciembre de 2012.
- «RZ 1286/93: Producto Orgánico - Comercialización». Archivado desde el original el 7 de octubre de 2012. Consultado el 17 de diciembre de 2012.
- Reglamentación vigente para Producción Orgánica
- «Reglamento (CEE) N° 2092/91 - Sobre la Producción Agrícola Ecológica y su indicación en los Productos Agrarios y Alimenticios». Archivado desde el original el 27 de junio de 2012. Consultado el 17 de diciembre de 2012.
- Estados Unidos levantó las trabas a la importación de miel argentina.
- «Granel: las dos caras de un negocio en expansión». Archivado desde el original el 30 de septiembre de 2012. Consultado el 17 de diciembre de 2012.
- Mar del Plata - Crearán un nuevo centro de inspección primaria del Senasa
- «Resolución Nº 423/92 - Artículo 9». Archivado desde el original el 5 de julio de 2012. Consultado el 17 de diciembre de 2012.
