Gobierno de la República de Honduras
El Gobierno de la República de Honduras adopta constitucionalmente la forma de una democracia representativa y republicana.
| Gobierno de la República de Honduras | ||||
|---|---|---|---|---|
| ||||
![]() | ||||
| Localización | ||||
| País |
| |||
| Información general | ||||
| Jurisdicción |
| |||
| Tipo | República presidencialista | |||
| Sede |
| |||
| Sistema | Democracia representativa y republicana | |||
| Organización | ||||
| Presidenta de la República de Honduras |
| |||
| Designados presidenciales |
| |||
| Presidente del Congreso Nacional de Honduras |
| |||
| Presidenta de la Corte Suprema de Honduras |
| |||
| Composición | ||||
Historia
Luego de la Independencia de Centroamérica se pública en Honduras la Constitución de Honduras. En 1829 se crearon los tres poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
Artículo 1 :
Honduras es un Estado de derecho, soberano, constituido como república libre, democrática e independiente urar a sus habitantes el goce de la justicia, la libertad, la cultura y el bienestar económico y social.
Artículo 4: La forma de gobierno es republicana, democrática y representativa. Se ejerce por tres poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial, complementarios e independientes y sin relaciones de subordinacion. La alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República es obligatoria.

.svg.png.webp)
